La indemnización por despido es ganancial aunque se pague tras el divorcio
Según el tribunal, lo relevante es cuándo se genera el derecho a percibir el dinero y no el momento de la recepción Si el despido se produce con el matrimonio vigente, la indemnización por el mismo se integra en el patrimonio conyugal. Así, aunque el pago efectivo de dicha cantidad se produzca tras el divorcio, la indemnización deberá repartirse entre los excónyuges (siempre que se encontraran en régimen de gananciales). Así lo fija la Audiencia Provincial de Lugo en una sentencia en la que declara ganancial el pago abonado por la empresa tras el cese improcedente de una mujer, después de que su exmarido le reclamara una parte de la misma. Según los hechos, ella fue despedida en enero de 2014, pero el abono del dinero no se produjo hasta…