{"id":1213,"date":"2023-03-20T14:30:50","date_gmt":"2023-03-20T12:30:50","guid":{"rendered":"https:\/\/todomediacion.com\/?p=1213"},"modified":"2023-03-20T14:32:14","modified_gmt":"2023-03-20T12:32:14","slug":"1213","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/todomediacion.com\/?p=1213","title":{"rendered":""},"content":{"rendered":"\t\t<div data-elementor-type=\"wp-post\" data-elementor-id=\"1213\" class=\"elementor elementor-1213\">\n\t\t\t\t\t\t<section class=\"elementor-section elementor-top-section elementor-element elementor-element-35d2dc45 elementor-section-boxed elementor-section-height-default elementor-section-height-default\" data-id=\"35d2dc45\" data-element_type=\"section\" data-e-type=\"section\">\n\t\t\t\t\t\t<div class=\"elementor-container elementor-column-gap-default\">\n\t\t\t\t\t<div class=\"elementor-column elementor-col-100 elementor-top-column elementor-element elementor-element-bda1eb3\" data-id=\"bda1eb3\" data-element_type=\"column\" data-e-type=\"column\">\n\t\t\t<div class=\"elementor-widget-wrap elementor-element-populated\">\n\t\t\t\t\t\t<div class=\"elementor-element elementor-element-77cad829 elementor-widget elementor-widget-text-editor\" data-id=\"77cad829\" data-element_type=\"widget\" data-e-type=\"widget\" data-widget_type=\"text-editor.default\">\n\t\t\t\t<div class=\"elementor-widget-container\">\n\t\t\t\t\t\t\t\t\t\n<h1 class=\"wp-block-heading\">Una jueza obliga a un hombre a pagar 200.000 euros a su exmujer por el cuidado de sus hijas<\/h1>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">La \u201ccompensaci\u00f3n por el trabajo dom\u00e9stico no retribuido realizado en el hogar\u201d se basa en el salario m\u00ednimo interprofesional durante los 25 a\u00f1os de matrimonio<\/h2>\n\n\n\n<p>El juzgado de primera Instancia de <a href=\"https:\/\/elpais.com\/noticias\/velez-malaga\/\">V\u00e9lez-M\u00e1laga<\/a> (M\u00e1laga, 82.967 habitantes) ha dictaminado que un hombre debe pagar a su expareja 204.000 euros \u201ccomo compensaci\u00f3n por el trabajo dom\u00e9stico realizado en el hogar, no retribuido\u201d durante los 25 a\u00f1os que estuvieron casados. La sentencia, dictada por la jueza Laura Ruiz Alaminos, tambi\u00e9n incluye una pensi\u00f3n compensatoria de 500 euros mensuales durante los pr\u00f3ximos dos a\u00f1os para la mujer \u2014que tiene 48\u2014 as\u00ed como otras dos de 400 y 600 euros para sus dos hijas, de 14 y 20 a\u00f1os. Adem\u00e1s, obliga a las partes a hacerse cargo a medias de los gastos extraordinarios que generen ambas, desde el dentista a la \u00f3ptica o las clases de apoyo escolar, entre otros casos. La demanda fue interpuesta en diciembre de 2020, meses despu\u00e9s de que la pareja se separase.<\/p>\n\n\n\n<p>El matrimonio se celebr\u00f3 el 23 de junio a\u00f1o 1995, cuando los c\u00f3nyuges estaban en la veintena. En julio de ese mismo a\u00f1o, firmaron la separaci\u00f3n de bienes. \u00c9l fue desarrollando desde entonces una carrera profesional que incluye la apertura de varios gimnasios por las provincias de Ja\u00e9n y M\u00e1laga, as\u00ed como empresas de instalaci\u00f3n de parqu\u00e9, cerramiento o venta de maquinaria de culturismo, entre otras actividades. Gracias a su trabajo, pudo adquirir una finca de olivos de 70 hect\u00e1reas en Alhama de Granada, donde se elabora aceite y que, seg\u00fan la sentencia, le genera unos ingresos mensuales \u201cde entre 3.000 y 4.000 euros\u201d. \u201cCuando pusimos la demanda, el terreno estaba a la venta por cuatro millones de euros\u201d, seg\u00fan ha relatado la abogada de la mujer, Marta Fuentes, quien destaca que el patrimonio del exmarido incluye coches de lujo, inmuebles, seguros de vida o tractores.<\/p>\n\n\n\n<p>Mientras \u00e9l fue creciendo en lo profesional, ella se qued\u00f3 <a href=\"https:\/\/elpais.com\/noticias\/trabajo-domestico\/\"><u>en casa para cuidar de sus hijas<\/u><\/a>. La primera naci\u00f3 en 2003 y la segunda, en 2009. \u201cElla estuvo todo ese tiempo sacando a su familia adelante. Para que \u00e9l pudiera tener un proyecto empresarial, ella se qued\u00f3 con las ni\u00f1as y <a href=\"https:\/\/elpais.com\/sociedad\/cuidar-y-ser-cuidado\/\"><u>jam\u00e1s contrataron a nadie para que la ayudara<\/u><\/a>\u201d, destaca la letrada. \u201cHa sido su labor en exclusiva\u201d, insiste la abogada, que relata c\u00f3mo la familia se ha ido mudando cada poco tiempo por distintos municipios de M\u00e1laga sobre la base de las necesidades del hombre. \u201cElla era su sombra, trabajando detr\u00e1s para que \u00e9l creciera en lo profesional y se convirtiese en algo\u201d, a\u00f1ade la representante legal, quien afirma que el padre no quiso que su hija hiciese estudios superiores y por eso cuando la ni\u00f1a ten\u00eda 16 a\u00f1os estuvo trabajando para pagarse su matr\u00edcula.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">\u00c9l se qued\u00f3 con todo<\/h3>\n\n\n\n<p>En 2020, la mujer se cans\u00f3 de la situaci\u00f3n y pidi\u00f3 el divorcio. Debido al r\u00e9gimen de separaci\u00f3n de bienes, \u00e9l se qued\u00f3 con todo su patrimonio y ella solo con la mitad de una vivienda cuya propiedad compart\u00edan. Con la demanda presentada en diciembre de aquel a\u00f1o, buscaba que se reconociera el trabajo hecho en casa durante 25 a\u00f1os de matrimonio. Por eso, su abogada hizo las cuentas para valorar ese empleo dom\u00e9stico <a href=\"https:\/\/elpais.com\/economia\/2023-02-14\/el-gobierno-aprueba-hoy-una-subida-del-salario-minimo-del-8-hasta-los-1080-euros-al-mes-en-14-pagas.html#:~:text=En%20total%2C%20el%20Gobierno%20de,1.080%20que%20alcanza%20este%202023.\"><u>calculando el salario m\u00ednimo interprofesional de cada a\u00f1o<\/u><\/a>. La suma alcanzaba los 204.624,86 euros, que, como ha adelantado <em>M\u00e1laga hoy,<\/em> es la cifra que la jueza ahora reconoce y obliga al exmarido a pagarle como compensaci\u00f3n por la labor que llev\u00f3 a cabo en casa durante el matrimonio y que no hab\u00eda sido remunerada de ninguna manera.<\/p>\n\n\n\n<p>La sentencia, publicada el 27 de febrero, recoge que desde que se casaron en 1995 la mujer \u201cse ha dedicado esencialmente a trabajar en la casa. Esto es, al cuidado del hogar y de la familia, con todo lo que ello implica\u201d. Y por eso le reconoce a su favor la cantidad los algo m\u00e1s de 204.000 euros que su exmarido ahora le debe abonar. Lo hace en virtud del art\u00edculo 1.438 del C\u00f3digo Civil, que dice: \u201cLos c\u00f3nyuges contribuir\u00e1n al sostenimiento de las cargas del matrimonio. A falta de convenio, lo har\u00e1n proporcionalmente a sus respectivos recursos econ\u00f3micos. El trabajo para la casa ser\u00e1 computado como contribuci\u00f3n a las cargas y dar\u00e1 derecho a obtener una compensaci\u00f3n que el juez se\u00f1alar\u00e1, a falta de acuerdo, a la extinci\u00f3n del r\u00e9gimen de separaci\u00f3n\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cEs un art\u00edculo que se suele utilizar poco y que se valora menos, pero la intenci\u00f3n es normalizarlo. Ella, como otras muchas mujeres, han pasado toda su vida laboral dedicada a sus hijas mientras sus maridos ten\u00edan tiempo para desarrollar su carrera profesional. Y es importante que eso se les reconozca, que el tiempo que ellas han dedicado a su familia y no a su vida profesional tenga un valor\u201d, afirma la abogada Marta Fuentes, que subraya que durante los 25 a\u00f1os de matrimonio su representada solo desarroll\u00f3 algunos trabajos en los gimnasios de su exmarido por los que nunca obtuvo retribuci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>En febrero sali\u00f3 a la luz otra sentencia, en este caso en Galicia, en el que la Audiencia Provincial de Pontevedra estableci\u00f3 que <a href=\"https:\/\/elpais.com\/espana\/2023-02-17\/3498015-euros-el-valor-de-trabajar-para-la-casa-y-cuidar-a-los-hijos-durante-el-matrimonio.html\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\">un hombre deb\u00eda pagar una compensaci\u00f3n de 34.980,15 euros a su exmujer<\/a>, con quien estuvo casado durante 34 a\u00f1os, por haberse dedicado a cuidar de los tres hijos que tuvieron y del hogar com\u00fan.<\/p>\n\n\n\n<p>La sentencia incluye una pensi\u00f3n de alimentos a favor de sus hijas de 1.000 euros mensuales \u2014600 para la mayor y 400 para la menor, a las que su p<\/p>\n\n\n\n<p>En 2020, la mujer se cans\u00f3 de la situaci\u00f3n y pidi\u00f3 el divorcio. Debido al r\u00e9gimen de separaci\u00f3n de bienes, \u00e9l se qued\u00f3 con todo su patrimonio y ella solo con la mitad de una vivienda cuya propiedad compart\u00edan. Con la demanda presentada en diciembre de aquel a\u00f1o, buscaba que se reconociera el trabajo hecho en casa durante 25 a\u00f1os de matrimonio. Por eso, su abogada hizo las cuentas para valorar ese empleo dom\u00e9stico <a href=\"https:\/\/elpais.com\/economia\/2023-02-14\/el-gobierno-aprueba-hoy-una-subida-del-salario-minimo-del-8-hasta-los-1080-euros-al-mes-en-14-pagas.html#:~:text=En%20total%2C%20el%20Gobierno%20de,1.080%20que%20alcanza%20este%202023.\"><u>calculando el salario m\u00ednimo interprofesional de cada a\u00f1o<\/u><\/a>. La suma alcanzaba los 204.624,86 euros, que, como ha adelantado <em>M\u00e1laga hoy,<\/em> es la cifra que la jueza ahora reconoce y obliga al exmarido a pagarle como compensaci\u00f3n por la labor que llev\u00f3 a cabo en casa durante el matrimonio y que no hab\u00eda sido remunerada de ninguna manera.<\/p>\n\n\n\n<p>La sentencia, publicada el 27 de febrero, recoge que desde que se casaron en 1995 la mujer \u201cse ha dedicado esencialmente a trabajar en la casa. Esto es, al cuidado del hogar y de la familia, con todo lo que ello implica\u201d. Y por eso le reconoce a su favor la cantidad los algo m\u00e1s de 204.000 euros que su exmarido ahora le debe abonar. Lo hace en virtud del art\u00edculo 1.438 del C\u00f3digo Civil, que dice: \u201cLos c\u00f3nyuges contribuir\u00e1n al sostenimiento de las cargas del matrimonio. A falta de convenio, lo har\u00e1n proporcionalmente a sus respectivos recursos econ\u00f3micos. El trabajo para la casa ser\u00e1 computado como contribuci\u00f3n a las cargas y dar\u00e1 derecho a obtener una compensaci\u00f3n que el juez se\u00f1alar\u00e1, a falta de acuerdo, a la extinci\u00f3n del r\u00e9gimen de separaci\u00f3n\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cEs un art\u00edculo que se suele utilizar poco y que se valora menos, pero la intenci\u00f3n es normalizarlo. Ella, como otras muchas mujeres, han pasado toda su vida laboral dedicada a sus hijas mientras sus maridos ten\u00edan tiempo para desarrollar su carrera profesional. Y es importante que eso se les reconozca, que el tiempo que ellas han dedicado a su familia y no a su vida profesional tenga un valor\u201d, afirma la abogada Marta Fuentes, que subraya que durante los 25 a\u00f1os de matrimonio su representada solo desarroll\u00f3 algunos trabajos en los gimnasios de su exmarido por los que nunca obtuvo retribuci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>En febrero sali\u00f3 a la luz otra sentencia, en este caso en Galicia, en el que la Audiencia Provincial de Pontevedra estableci\u00f3 que <a href=\"https:\/\/elpais.com\/espana\/2023-02-17\/3498015-euros-el-valor-de-trabajar-para-la-casa-y-cuidar-a-los-hijos-durante-el-matrimonio.html\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\">un hombre deb\u00eda pagar una compensaci\u00f3n de 34.980,15 euros a su exmujer<\/a>, con quien estuvo casado durante 34 a\u00f1os, por haberse dedicado a cuidar de los tres hijos que tuvieron y del hogar com\u00fan.<\/p>\n\n\n\n<p>www.elpais.com<\/p>\n\t\t\t\t\t\t\t\t<\/div>\n\t\t\t\t<\/div>\n\t\t\t\t\t<\/div>\n\t\t<\/div>\n\t\t\t\t\t<\/div>\n\t\t<\/section>\n\t\t\t\t<\/div>\n\t\t","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Una jueza obliga a un hombre a pagar 200.000 euros a su exmujer por el cuidado de sus hijas La \u201ccompensaci\u00f3n por el trabajo dom\u00e9stico no retribuido realizado en el hogar\u201d se basa en el salario m\u00ednimo interprofesional durante los 25 a\u00f1os de matrimonio El juzgado de primera Instancia de V\u00e9lez-M\u00e1laga (M\u00e1laga, 82.967 habitantes) ha [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[],"tags":[],"class_list":["post-1213","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/todomediacion.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/1213","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/todomediacion.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/todomediacion.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/todomediacion.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/todomediacion.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=1213"}],"version-history":[{"count":3,"href":"https:\/\/todomediacion.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/1213\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":1216,"href":"https:\/\/todomediacion.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/1213\/revisions\/1216"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/todomediacion.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=1213"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/todomediacion.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=1213"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/todomediacion.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=1213"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}