{"id":258,"date":"2019-09-06T12:14:22","date_gmt":"2019-09-06T10:14:22","guid":{"rendered":""},"modified":"2021-10-11T15:42:04","modified_gmt":"2021-10-11T13:42:04","slug":"un-magistrado-otorga-la-custodia-compartida-de-una-menor-a-ambos-padres-para-que-la-madre-pueda-incorporarse-al-mercado-laboral","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/todomediacion.com\/node\/258","title":{"rendered":"Un magistrado otorga la custodia compartida de una menor a ambos padres para que la madre pueda incorporarse al mercado laboral"},"content":{"rendered":"<p>Un juez del juzgado de Primera Instancia e Instrucci\u00f3n n\u00ba1 de Legan\u00e9s (Madrid) as\u00ed lo ha ordenado despu\u00e9s de que Isabel Agraz Fern\u00e1ndez, la progenitora interpusiese una demanda por lo contencioso, ya que el padre alud\u00eda \u201cfalta de tiempo\u201d para cuidar de su hija.<br \/>\n\u201cPatria potestad y custodia compartida por periodos de semanas alternas\u201d. Ese ha sido el fallo inapelable que dict\u00f3 recientemente un magistrado del juzgado madrile\u00f1o de Primera Instancia e Instrucci\u00f3n n\u00ba1 de Legan\u00e9s \u201cpor los efectos positivos\u201d que tendr\u00e1 en la hija de la expareja dicha decisi\u00f3n.<\/p>\n<p>El caso lleg\u00f3 a esta sala despu\u00e9s de que Isabel Agraz Fern\u00e1ndez, la madre, intentar\u00e1 que el padre se hiciera cargo de su peque\u00f1a en igualdad para poder reincorporarse al mercado laboral y no conseguirlo ni mediando entre abogados. \u201cNo me qued\u00f3 otra opci\u00f3n que llegar a los juzgados. Desde el primer momento yo siempre he sido partidaria de la custodia compartida, ya que con mi hijo mayor as\u00ed lo hago y porque creo firmemente que es lo mejor para el menor. Siempre se lo hice saber al padre de mi hija, pero \u00e9l se opuso haciendo referencia a su situaci\u00f3n personal de falta de tiempo, cosa que es m\u00e1s que discutible\u201d, explica a P\u00fablico.<br \/>\nY es que la demandante, tras separarse de su pareja (cuando la ni\u00f1a ten\u00eda tres a\u00f1os de edad) e intentar comentar con \u00e9l personalmente su punto de vista, solo tuvo el no por respuesta. \u201cA partir de ah\u00ed comenz\u00f3 este periplo. Primero durante meses hablando nosotros, intentando llegar a un acuerdo y en vista de que no funcion\u00f3 se opt\u00f3 por que se pusieran en contacto los abogados de las partes para ver si entre ellos podr\u00eda haber soluci\u00f3n, pero ni siquiera esto result\u00f3. Por lo que muy a mi pesar no pude hacer m\u00e1s que interponer una demanda por contencioso para que un juez determinara qu\u00e9 era lo mejor para mi hija\u201d, recuerda Agraz.<br \/>\n\u201cPor los efectos positivos\u201d<\/p>\n<p>El juez tuvo muy clara su decisi\u00f3n. \u201cLa madre manifest\u00f3 en su declaraci\u00f3n que quiere incorporarse al mercado laboral por lo que es necesario que el padre de su hija se involucre en su custodia\u201d, tal y como se lee en el fallo al que este medio ha tenido acceso.<br \/>\nAhora Agraz quiere hacer p\u00fablica la resoluci\u00f3n \u201cporque sabe que este tipo de sentencias con perspectiva de g\u00e9nero \u201cno son habituales\u201d y porque en numerosas ocasiones la han tachado de \u00abmala madre\u201d por reclamar los derechos de su hija. \u201cAdem\u00e1s, siempre se habla de los casos habituales donde es la madre la que quiere la custodia monoparental y el padre reclama la compartida teniendo que llegar a juicio, y se habla de lo injusto que es esto para los hombres. Y en esta ocasi\u00f3n yo soy procustodia compartida porque entiendo que es lo mejor para la ni\u00f1a y es su padre el que se negaba rotundamente desde el principio. Creo que tambi\u00e9n deben conocerse estos casos para que no se encasille a las mujeres ni a estas situaciones\u201d, explica la demandante.<\/p>\n<p>Una situaci\u00f3n que se produce porque el padre durante todo el tiempo que ha durado el proceso alegaba que tanto su horario de trabajo como su madre, a la que ten\u00eda mayor, le imped\u00edan hacerse cargo de su peque\u00f1a. Doble excusa que seg\u00fan la demandante le resultaba perfecta pero que sin embargo el juez no vio justificable.<br \/>\n\u201cCierto es que su horario laboral le puede impedir atender a nuestra hija a la hora de llevarla al colegio, pero eso mismo le sucede a la mayor\u00eda de los espa\u00f1oles que trabajan con hijos en edad escolar, que no tienen otra opci\u00f3n que tirar de ayudas familiares o de cualquier otro tipo para poder cumplir a nivel laboral y cubrir las necesidades de sus hijos. De igual forma \u00e9l alegaba que su madre era una persona mayor y no estaba en disposici\u00f3n de atender en las debidas condiciones a nuestra hija. Pero lo que es cierto es que su madre es una persona de 68 a\u00f1os, en plenas facultades, que conduce y tiene coche propio, y que, para m\u00e1s inri, atiende a otro nieto de la misma edad durante dos semanas al mes que es el tiempo que le corresponde a su otro hijo tambi\u00e9n separado. Siendo por ello poco cre\u00edble que no pudiese echarle una mano al padre de mi hija, tal y como \u00e9l defendi\u00f3 en el juzgado que hac\u00eda cualquier abuela\u201d, destaca.<br \/>\nLo importante es su peque\u00f1a<\/p>\n<p>Tras la decisi\u00f3n judicial la madre no ha hablado con el demandado de la misma, pero intuye que no se la ha debido de tomar muy bien, \u201cya que hemos llegado hasta este punto debido a su negativa y cabezoner\u00eda. Y entiendo que el que un juez te quite la raz\u00f3n sobre aquello que cre\u00edas que era la verdad absoluta, no debe ser satisfactorio\u201d, dice. \u201cEn este caso la no responsabilidad de \u00e9l se debe al tiempo que dedicar a la ni\u00f1a y que a \u00e9l le supone adecuar sus rutinas y modificar sus tiempos adapt\u00e1ndolos y cuadrando con la menor y sus necesidades que es lo primordial\u201d, a\u00f1ade Isabel.<\/p>\n<p>Unas necesidades y cuidados que deben ser compartidas de igual forma entre ambos progenitores cuando hay situaciones de simple ruptura de la pareja ya que las criaturas son de ambos. \u201cLos hijos son de los padres y de las madres. Ambos toman la decisi\u00f3n de traerlos al mundo y de ambos son las responsabilidades y los derechos. Y m\u00e1s teniendo en cuenta los tiempos que vivimos, donde tanto hombres como mujeres estamos incorporados al mundo laboral y estamos m\u00e1s que suficientemente preparados en todos los aspectos vitales, y con ellos me refiero principalmente al \u00e1mbito laboral y familiar. No entiendo ni comparto que la mujer s\u00f3lo por ser madre tenga que verse relegada al cuidado de los ni\u00f1os, cuando estamos igual de preparadas y tenemos las mismas opciones y derechos en el mundo laboral\u201d, explica.<br \/>\nTras la reciente decisi\u00f3n judicial Isabel muestra su gran alegr\u00eda, \u201cestoy muy contenta\u201d. Satisfacci\u00f3n que no es solo por ella, sino sobre todo por su peque\u00f1a que ya tiene seis a\u00f1os. \u201cLa ni\u00f1a demandaba cada vez m\u00e1s estar con su padre. A parte creo que es lo justo, que los dos progenitores tengan derechos y asuman deberes en igual medida. De momento no he hablado con mi hija sobre el cambio de situaci\u00f3n que la sentencia supone. Y aunque es muy peque\u00f1a a\u00fan, ella reclama m\u00e1s presencia de su padre y me ha dicho en innumerables ocasiones que quer\u00eda estar m\u00e1s tiempo con su \u00e9l\u201d, reconoce.<\/p>\n<p>Por \u00faltimo, esta madre tiene claro que el fallo de la sentencia no es fruto de la suerte sino de un profesional que ha hecho \u201cm\u00e1s bien justicia\u201d y que ha tenido \u201cobjetividad en cuanto a la situaci\u00f3n\u201d. Ahora Isabel solo quiere seguir adelante y vivir en may\u00fasculas. \u201cMe siento aliviada porque ha sido un proceso largo de m\u00e1s de un a\u00f1o y con esperas tensas desde que interpuse la demanda. Creo que cada vez es m\u00e1s reconocido por la sociedad en general que tanto hombres como mujeres tenemos las mismas responsabilidades y que adem\u00e1s es lo mejor para los menores, que convivan con ambos y tengan todas las facetas cubiertas\u201d, finaliza<\/p>\n<p>Nuria Coronado Sope\u00f1a @NuriaCSopena<br \/>\nwww.publico.es<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Un juez del juzgado de Primera Instancia e Instrucci\u00f3n n\u00ba1 de Legan\u00e9s (Madrid) as\u00ed lo ha ordenado despu\u00e9s de que Isabel Agraz Fern\u00e1ndez, la progenitora interpusiese una demanda por lo contencioso, ya que el padre alud\u00eda \u201cfalta de tiempo\u201d para cuidar de su hija. \u201cPatria potestad y custodia compartida por periodos de semanas alternas\u201d. 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