Custodia Compartida y Mediación Familiar

Desde que se aprobó la ley del divorcio en el año 1981 más de dos millones de personas han puesto fin a su relación matrimonial, a esta importante cifra hay que sumar todas aquellas rupturas de convivencia que al tener hijos e hijas necesitan regular los tiempos de estancia y cuidados con los mismos.

Durante los treinta y cinco años de vigencia de esta ley se han dado cambios sociales importantes como la incorporación de la mujer al mercado de trabajo y la consecución de mayores cuotas de igualdad en el reparto de los cuidados de los niños y niñas entre los progenitores que han cambiado la forma en la que se entendía el divorcio.

De custodias exclusivas mayoritarias en favor de las madres y regímenes de visitas en favor de los padres, desde el año 2005 se empieza a hablar de “ custodia compartida” que no es más que un reparto equitativo en los tiempos de estancia y cuidados de los y las menores .

Actualmente cinco comunidades (Cataluña, Euskadi, Valencia, Navarra y Aragón) han regulado la custodia compartida para establecer criterios a seguir por el poder judicial a la hora de su aplicación y las mismas han profundizado en el debate centrado en la necesidad de disponer de una regulación estatal.

Junto al principio de igualdad de los progenitores hay que tener presente el interés superior del menor, entendiendo siempre este interés como un conjunto de derechos que tienen los niños y niñas recogidos en la Convención de los derechos del Niño de 20 de noviembre de 1989 y que deben priorizar ante cualquier decisión judicial.

Es difícil imaginar una contienda judicial entre progenitores que no sea lesiva a este interés superior del menor, el enfrentamiento por la lucha de la custodia supone un menoscabo psicológico para todos los miembros de la familia y por ende también para los niños y niñas. Por ello, para garantizar la viabilidad de modelos de custodia compartida, respetuosos con los derechos de la infancia, hace falta un trabajo pormenorizado de cada caso a través de procedimientos de Mediación familiar. Sólo desde la mediación se pueden limar asperezas, generar empatía y un clima de asertividad que posibilite un acuerdo duradero de convivencia compartida.

Isabel Medina. Abogada y mediadora familiar

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