De acuerdo con el texto analizado hoy por el Gobierno andaluz, podrán acogerse a esta fórmula las personas casadas; las parejas de hecho y aquellas sin vínculo legal pero con hijos comunes; los familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad; las personas adoptadas o acogidas y sus familias biológicas, adoptivas o acogedoras, y también las personas que ejercen tutela sobre menores.
Entre los conflictos que podrán ser objeto de mediación, se incluyen los derivados de procesos de separaciones, divorcios y disoluciones de parejas de hecho; cuestiones relativas al derecho de alimento y cuidado de personas mayores de 65 años o con discapacidad; relaciones de los menores con sus parientes, tutores o guardadores, y ejercicio de la patria potestad o tutela. Por el contrario, del procedimiento quedan expresamente excluidas todas las situaciones en las que exista violencia o maltrato sobre la pareja, los hijos o cualquier otro miembro de la familia.
La mediación no supondrá costes para aquellos implicados que cumplan con los requisitos establecidos como beneficiarios de la Asistencia Jurídica Gratuita. En el resto de los casos, se abonarán las tarifas que se establezcan reglamentariamente.
En cuanto a las garantías recogidas, el anteproyecto dispone que en todo momento se asegurarán el principio de voluntariedad para las partes que soliciten la mediación, así como la imparcialidad de los profesionales mediadores y la confidencialidad de información obtenida durante el proceso.
La Consejería para la Igualdad y Bienestar Social dispone de un programa de mediación familiar que funciona desde 2003 en toda la comunidad autónoma, con un total de 21 profesionales. Hasta el momento, este programa ha atendido más de 2.500 casos.
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