La mediación te puede ayudar

El 39 por ciento de las separaciones tramitadas en el primer semestre del año en los juzgados andaluces –último dato publicado por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ)– no fueron con consenso de los miembros de la pareja rota, así como el 48 por ciento de los divorcios. Pero en el caso de la modificación de medidas del régimen establecido en separaciones y divorcios tramitados anteriormente, el consenso para ello fue aún menor: sólo un 17,4 por ciento.
La custodia compartida está avanzando en España a grandes pasos. Se concede ya en uno de cada cuatro divorcios y separaciones cuando, en 2007, se otorgaba sólo en el 9,7% de los casos. En apenas ocho años ha subido 15 puntos porcentuales.
En muchas ocasiones, pasado un tiempo desde el divorcio o la separación cambian algunas circunstancias que hacen imprescindibles modificar alguno de los aspectos recogidos en la Sentencia de Divorcio. Que los niños se hagan mayores y pasen más tiempo que el estipulado con uno de los progenitores, que uno de éstos esté en situación de desempleo o que tenga un trabajo diferente al que tenía cuando se dictó el divorcio o que uno de los progenitores tenga que cambiar por motivos laborales de localidad son algunas de las causas ( entre otras) que pueden dar lugar a la modificación.
Recientemente y como consecuencia de la Sentencia del Tribunal Supremo de fecha 29 de abril de 2013 ha saltado de nuevo a la actualidad el debate sobre la custodia compartida, debate encendido que provoca posturas muy antagónicas.
—Crea una atmósfera de cooperación entre los padres, y los hijos se benefician.
—Reduce el riesgo de que los padres utilicen a los hijos.
—Previene posibles respuestas negativas en los hijos posteriores a la separación.
—Permite a los padres la tomar decisiones relativas al futuro de los hijos.
—Ofrece un acuerdo adaptado a las necesidades particulares de cada familia.
—Disminuye el coste emocional del proceso de separación.
—Ahorra tiempo y dinero.
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