Sólo las discrepancias graves entre los padres pueden impedir la custodia compartida, según el TS
El Tribunal Supremo ha otorgado en una reciente sentencia la custodia compartida de un niño solicitada por el padre al considerar que la existencia de divergencias entre los padres, siempre que sean razonables, no imposibilitan este régimen que es deseable porque fomenta la integración del menor con ambos progenitores, sin desequilibrios, evita el ‘sentimiento de pérdida’, no cuestiona la idoneidad de los padres, y estima la cooperación de los mismos en beneficio del menor.El Supremo considera que para la adopción del sistema de custodia compartida no se exige un acuerdo sin fisuras, sino una actitud razonable y eficiente en orden al desarrollo del menor, así como unas habilidades para el diálogo.El Alto Tribunal revoca de esta forma la sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla, que concedió la custodia a la…